Política de Cookies

1. Legislación

Conforme a la Legislación europea y española en materia de cookies, recogida en la Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002 y Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo, pasamos a informarle sobre nuestra política de cookies.

2. Concepto de cookies

Las cookies son ficheros de texto que el servidor envía a su navegador y que contienen información de la actividad realizada en el sitio Web. De este manera, el servidor puede consultarla cuando lo requiera, bien en la sesión establecida en su visita actual o bien durante posteriores visitas a la Web.

3. Cookies que usa la empresa

La empresa, como la gran mayoría de páginas Web, utiliza cookies para mejorar el uso del sitio Web, y porque son necesarias para el propio funcionamiento de las aplicaciones contendidas en la misma.

Las cookies incorporadas por nuestro sitio Web tienen solo el objeto de mejorar el uso de la misma. No se utilizan para recoger información de carácter personal.

A continuación describimos las cookies utilizadas:

Cookies de sesión.- Son cookies generadas por el sitio Web y que son necesarias para el correcto funcionamiento de las páginas y su aplicaciones. Al ser cookies de sesión, estas se borran una vez se cierra el navegador.

4. Gestión de cookies en el navegador

Como se indicó en la propia definición del término cookies, estos ficheros de texto son enviados a su navegador, por tanto, a través de su navegador puede modificar la gestión de las cookies.

Por lo general, esto se puede hacer accediendo a la sección de “Opciones” o “Preferencias “ de su navegador, y desde el apartado correspondiente, puede desactivar la aceptación de cookies, borrar las cookies almacenas o simplemente limitar su uso.

 

“LOGÍSTICA NOGUERAS S.L.” (Sociedad Absorbente)
“LOGÍSTICA Y SERVICIOS FPLL, S.L.”(Sociedad Absorbida)

Anuncio de fusión por absorción.
De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio sobre Transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que con fecha 4 de febrero de 2.025, las sociedades Logística y Servicios FPLL Sociedad Limitada (sociedad absorbida), Logística Nogueras, Sociedad Limitada (sociedad absorbente), celebraron cada una de ellas junta general universal en las que por unanimidad se aprobó la fusión por absorción de “Logística y Servicios FPLL, Sociedad Limitada”, por parte de “Logística Nogueras, Sociedad Limitada”, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión suscrito en fecha 4 de febrero de 2.025 por los respectivos órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión. El acuerdo de fusión ha sido aprobado, en cada una de las sociedades que participan en la fusión en junta universal y por unanimidad de todos los socios, según prevé el artículo 9 de la LME, por lo que no ha sido preciso publicar el proyecto de fusión, ni cumplir los requisitos de convocatoria de la junta, balance de fusión e información a los socios. Tampoco es necesario el informe de experto. No obstante, se ha puesto a disposición de los trabajadores en los respectivos domicilios sociales toda la información referida en los artículos 7 y 46 de la LME, para su examen, así como para la entrega o envío gratuito en la forma prevista legalmente. La fusión aprobada no tendrá consecuencias o impacto sobre el empleo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio sobre transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 13 LME.

Madrid, 4 de febrero de 2025.- Juan Jose Hernández García en su condición de administrador único de Logística Nogueras, S.L y de Logística y Servicios FPLL S.L.

LOGÍSTICA Y SERVICIOS FPLL, S.L. recibe fondos europeos a través de la Comunidad de Madrid del plan NextgenerationUE.

LOGISTICA NOGUERAS, S.L. recibe fondos europeos a través de la Comunidad de Madrid del plan NextgenerationUE.